miércoles, 10 de marzo de 2010

Desecha la Corte recurso de la ALDF sobre matrimonios gays

Ciudad de México (El Universal).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por improcedente un recurso interpuesto por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en contra de la acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría General de la República (PGR) en contra de los matrimonios gays.

Los ministros señalaron que el artículo 70 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional establece que sólo en aquellos casos en los que el ministro instructor de por concluido el trámite para las acciones de inconstitucionalidad, existirá la posibilidad legal de recurrir al recurso de reclamación.

En ese sentido, la Segunda Sala de la SCJN subrayó que el auto que se impugna, lejos de dar por concluido anticipadamente el asunto, lo admitió a trámite y se ordenaron las diligencias necesarias para substanciar el procedimiento y colocar el expediente en condiciones de emitir el pronunciamiento de fondo que corresponda.

Por esta razón los ministros señalaron que al no configurarse el supuesto de procedencia previsto en el artículo 70 mencionado, el presente recurso de reclamación resulta notoriamente improcedente, y debe desecharse.

Esto, puntualizaron, no prejuzga sobre las pretensiones del recurrente, en el sentido de que la acción de inconstitucionalidad resulta, al menos, parcialmente improcedente, ya que tal aspecto pueden llegar a ser planteado en el momento procesal oportuno.

Esto es cuando en el expediente principal rindan su informe las autoridades responsables de la aprobación y promulgación de las normas legales reclamadas, señalaron los ministros de la Segunda Sala.